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Fuerte debate en España por la normativa que para tambos y explotaciones ganaderas

Fuerte debate en España por la normativa que para tambos y explotaciones ganaderas

En España, el Ministerio de Agricultura hizo público un borrador de un decreto para establecer el tamaño de los tambos y establecimientos pecuarios: el límite sería de 725 vacas de ordeñe y 1.400 terneros. 

Desde Galicia, admiten que los parámetros planteados por el gobierno en Madrid «no tiene en cuenta las necesidades del sector ganadero gallego».

Para las autoridades nacionales, es vital -para cumplir con la directivas de Europa- regular las dimensiones de los establecimientos, clasificaciones, ubicación y condiciones de funcionamiento de tambos y establecimientos pecuarios en el territorio español.

Ya en el 2020, se modificó la normativa sobre los establecimientos porcinos, y también en julio pasado, el sector avícola, que a diferencia del bovino ya contaban con normas específicas.

En 2020 se modificó la normativa sobre las granjas de porcino, y en julio pasado, la que regula las explotaciones avícolas que, a diferencia del bovino, si contaban ya con una norma específica.

Entre las novedades que plantea al proyecto oficial, figura el establecimiento de una capacidad máxima de 850 UGM (es decir, Unidad de Ganado Mayor, que equivalente a una vaca de 500 kilos de peso vivo, que no sea ni gestante ni lactante). Esto regiría para los establecimientos de producción bovina, producción de leche, también de carne o mixtas, que no incluye a las de engorde de terneros. Esto representa unas 725 vacas en ordeñe y 1.400 terneros.

Gestión de residuos

La norma también obliga a las explotaciones de más de 180 unidades de ganado mayor a disponer de un estercolero y de balsas de purines.

Luego del artículo publicado hace unas semanas (puede leer aquí), donde se hacía mención a la nueva normativa en este país europeo donde se limitaría la capacidad productiva para las nuevas explotaciones (a 725 vacas en ordeñe), el Departamento de Acción Climática de Cataluña (DACC) ha presentado una propuesta de normativa, más restrictiva, de ordenación de explotaciones en el que se fija un límite de 600 cabezas para las nuevas instalaciones y la obligación del cierre perimetral de los tambos, con una moratoria de dos años.

Desde Jóvenes Agricultores y Ganaderos de Cataluña (JARC) consideran que sin haber tenido acceso al documento definitivo todavía, no les parece lógica esta limitación tan restrictiva, más teniendo en cuenta que España es deficitaria en leche, y la medida implicará una mayor dependencia de las importaciones, y los precios que nos impongan.

El nuevo sistema integral de gestión

Otro de los requisitos que deberán cumplir las explotaciones medianas y grandes es que tendrán que contar con un Sistema Integral de Gestión de Explotaciones (SIGE), en el que deberán incluir el plan de formación en materia de bienestar animal, medio ambiente y manejo de los animales y también el plan de gestión ambiental, con información sobre las medidas para la optimización del uso del agua y la energía, para el control de ruidos, el plan de gestión de residuos plásticos y el de estiércol.

Según indicó un informe del Observatorio de la Cadena Láctea Argentina (OCLA); desde la JARC estima que antes de establecer esta limitación, el Observatorio de la Leche debería analizar que repercusión tendrá en la rentabilidad de las explotaciones catalanas , y establecer cual sería el umbral de rentabilidad con este número de animales.

Uno de los argumentos que expone el Departamento, es la supuesta protección de las empresas familiares y la mejora de la sostenibilidad, pero la realidad es que, estos tambos al estar diseminados en el territorio, se benefician de la proximidad de una de grandes dimensiones, que les garantiza la recolección de la leche por parte de la industria.

En cuanto a los cierres perimetrales para evitar la incursión de fauna salvaje, para que las explotaciones pequeñas y medias puedan asumirlos, el primer paso, según JARC, es garantizar la viabilidad de esos establecimientos, con la aplicación efectiva de la Ley de la Cadena Alimentaria.

Esta limitación de ganado afecta a otros sectores ganaderos, y la entidad analizará cómo repercutirá en cada caso, una vez que disponga de los documentos definitivos.

Buenos Aires, 14 de octubre de 2021

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