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La Justicia en Rafaela desestimó pedido de ATILRA para restringir acciones de SanCor

La Justicia en Rafaela desestimó pedido de ATILRA para restringir acciones de SanCor
En Rafaela, el Juzgado Laboral de Feria del Distrito N°5, a cargo de Lucas Marín, rechazó una solicitud de la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (Atilra) para que la justicia prohíba o restrinja acciones a la cooperativa láctea SanCor, empresa con la que mantiene un conflicto por una deuda salarial desde hace varios meses.

Tras el revés judicial para el gremio, se aguardan las novedades que podrían surgir tras la conciliación obligatoria establecida por el Ministerio de Capital Humano, tras 65 días de conflicto con ATILRA.

La conciliación obligatoria dictada el vienres 22 tuvo una extensión de 15 días habiles, y luego tuvo una prórroga de cinco días habiles más: está previsto que el próximo martes 23 de enero vuelvan a reunirse el gremio y la empresa.

El gremio reclamaba que desde la Justicia se ordene a la cooperativaabstenerse de realizar cualquier negocio o título gratuito, o cualquier acto oneroso que implique enajenación de activos, sin autorización oficial previa o acto administrativo que pudiera alterar la situación de los acreedores laborales o la capacidad de pago de las obligaciones laborales anteriores.

En ese marco, el juez Lucas Marín argumentó que la pretensión no revestía carácter de urgencia que la solicitud requiere y puso en duda la legitimidad de la entidad gremial para solicitar la medida, tal como publicadon medios como Ambito Financiero.

ATILRA pidió también sin éxito a la Justicia que esta le impidiera a SanCor cancelar deudas de causa o título anterior, a excepción de deudas laborales exigibles distribuir excedentes o resultados; pagar adelantos a proveedores; adquirir materia prima en exceso a la necesaria para la producción estimada; celebrar contratos de cualquier índole que comprometan pagos tales como contratos de locación, comodato o fasón; convertir en privilegiado un crédito de título o causa anterior; constituir garantías o gravámenes sobre sus bienes en favor de un acreedor propio o ajeno; realizar actividades de inversión.

Buenos Aires, 17 de enero de 2024

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